
¿Un residente no fiscal puede registrar a un trabajador en España?
16 de septiembre de 2025El Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, desarrolla el derecho a la seguridad y salud de las personas que trabajan en el hogar familiar, en cumplimiento de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Su objetivo es claro: proteger a las personas trabajadoras del hogar frente a los riesgos derivados de su actividad, garantizando condiciones seguras y dignas. Hasta ahora, las empleadas del hogar estaban excluidas de la aplicación práctica de la ley, pero este decreto cambia eso definitivamente.
En cuanto a su calendario, el Real Decreto entró en vigor el 12 de septiembre de 2024, y el 14 de mayo de 2025 se lanzó la herramienta digital gratuita para realizar la evaluación. Las personas empleadoras con trabajadoras en activo tienen hasta el 14 de noviembre de 2025 para completarla, y a partir del 15 de noviembre de 2025, toda nueva contratación deberá contar con la evaluación de riesgos antes de iniciar la relación laboral.

¿Cómo hacer la evaluación de riesgos laborales en el empleo del hogar?
Realizar la evaluación es un proceso sencillo gracias a la herramienta oficial del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), disponible en Prevencion10.es. Este portal guía paso a paso a la persona empleadora para identificar los posibles riesgos y aplicar medidas preventivas adaptadas a cada hogar.
El procedimiento se puede completar en pocos minutos y consiste en responder una serie de preguntas sobre el tipo de vivienda, las tareas habituales y las condiciones de trabajo. Una vez finalizado, el sistema genera automáticamente un informe en PDF con:
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La identificación de riesgos detectados (caídas, cortes, posturas forzadas, exposición a productos químicos, etc.).
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Las medidas preventivas recomendadas (uso de guantes, calzado antideslizante, productos menos tóxicos, pausas, buena ventilación, etc.).
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Un resumen de acciones que la persona empleadora debe adoptar.
Este documento debe guardarse y entregarse a la persona trabajadora, y es válido legalmente como prueba de cumplimiento de la normativa. Además, se puede actualizar fácilmente desde la misma plataforma si cambian las condiciones del empleo o se incorpora una nueva trabajadora.
¿Qué debe incluir la evaluación?
La evaluación debe centrarse en los riesgos reales del entorno doméstico y las tareas que la persona empleada realiza. De manera general, debe contener:
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Datos de identificación de la persona empleadora y trabajadora.
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Descripción de las tareas (limpieza, planchado, cocina, cuidado de personas mayores o menores, jardinería, etc.).
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Identificación de los riesgos potenciales asociados a esas tareas.
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Medidas preventivas recomendadas para eliminar o reducir esos riesgos.
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Plan de actuación en caso de accidente o emergencia.
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Registro y fecha de entrega del documento a la persona trabajadora.
No es necesario contar con una empresa de prevención externa: la evaluación realizada a través de Prevencion10.es es suficiente y gratuita.
¿Quién es responsable de realizarla?
La persona empleadora del hogar es la única responsable legal de realizar la evaluación de riesgos laborales y de garantizar que el trabajo se desarrolla en condiciones seguras.
Esto significa que debe:
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Completar la evaluación inicial antes de que comience la relación laboral.
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Facilitar a la trabajadora la información y las medidas de seguridad necesarias.
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Revisar la evaluación si cambian las condiciones o tareas.
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