
Nueva normativa en la prevención de riesgos laborales en empleadas del hogar
23 de October de 2025El Real Decreto 893/2024 introduce por primera vez una regulación completa sobre la prevención de riesgos laborales (PRL) en empleo del hogar. Esto significa que las personas empleadoras particulares (hogares) deben cumplir una serie de obligaciones similares a las de cualquier empresa, adaptadas al entorno doméstico.
Esta guía explica qué exige la normativa, qué pasos debes seguir y cómo cumplirla de forma correcta, tanto si eres empleador doméstico como si trabajas en el hogar.
¿Qué exige el RD 893/2024?
Para cumplir el RD 893/2024, el empleador doméstico debe:
- Realizar una evaluación de riesgos del domicilio.
- Informar a la trabajadora sobre esos riesgos y sobre las medidas preventivas.
- Proporcionar equipos de trabajo y EPIs seguros y adecuados.
- Impartir formación en prevención de riesgos laborales.
-
Derecho a vigilancia de la salud cuando sea necesario.
-
Garantizar condiciones seguras frente a acoso, violencia o situaciones peligrosas.
Estos requisitos se aplican a todas las modalidades de empleo del hogar, incluidas jornadas parciales, internas y externas.
1. Realizar una evaluación de riesgos del hogar
Este es el primer paso clave. La evaluación debe identificar los riesgos que pueden existir en el domicilio, como:
-
Manipulación de cargas (bolsas, cubos, cajas).
-
Escaleras, taburetes y caídas en altura.
-
Productos de limpieza irritantes o corrosivos.
-
Máquinas o aparatos eléctricos.
-
Riesgos ergonómicos por posturas forzadas o movimientos repetitivos.
-
Humedad, calor o mala ventilación en determinadas zonas.
La evaluación debe quedar por escrito, y la trabajadora debe recibir una copia.
Puedes hacerla con asesoría privada, con herramientas sectoriales o con las guías oficiales como Prevención10, que incluyen recursos específicos para el hogar.
2. Medidas preventivas obligatorias en el hogar
Una vez identificados los riesgos, el empleador debe implementar medidas que reduzcan o eliminen esos riesgos. Ejemplos:
-
Sustituir escaleras inestables por modelos seguros.
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Utilizar productos de limpieza menos agresivos.
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Evitar cargas excesivas organizando las tareas.
-
Mejorar la iluminación o ventilación donde sea necesario.
-
Asegurar que cables, enchufes y aparatos estén en buen estado.
Estas medidas deben explicarse a la empleada de forma clara y mantenerse actualizadas.
3. Equipos de trabajo y EPIs: qué debe proporcionar el empleador
El RD 893/2024 obliga a que la persona empleadora proporcione:
- Equipos de trabajo seguros
Ejemplos: aspirador en buen estado, utensilios ergonómicos, escaleras seguras.
- EPIs cuando sean necesarios
Ejemplos:
-
Guantes de protección.
-
Mascarillas para determinados químicos.
-
Gafas protectoras si procede.
-
Calzado antideslizante.
Importante:
La trabajadora no debe pagar nada. El coste siempre corresponde al empleador.
4. Formación obligatoria en PRL: qué debes saber
La formación es obligatoria según el decreto. Debe:
-
Impartirse al inicio de la relación laboral.
-
Ser única, incluso si la trabajadora tiene varios empleadores.
-
Ser gratuita para la trabajadora.
-
Realizarse preferentemente a través de la plataforma oficial FUNDAE (que está en fase de despliegue.
Mientras la plataforma definitiva se habilita, el empleador debe estar preparado para facilitar la formación en cuanto sea exigible.
5. Información a la trabajadora: obligación del empleador
El empleador debe entregar información clara y comprensible sobre:
-
Riesgos detectados en el hogar.
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Forma segura de realizar cada tarea.
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Uso correcto de equipos y productos.
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Medidas preventivas adoptadas.
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Procedimientos ante emergencias.
Esta información debe ser específica del domicilio donde se trabaja.
Además, la trabajadora pasa a tener derecho a vigilancia de la salud cuando la evaluación de riesgos identifique que es necesaria. No se trata de reconocimientos médicos periódicos obligatorios, sino de controles puntuales relacionados con riesgos específicos de las tareas. Siempre son voluntarios, gratuitos para la trabajadora y orientados exclusivamente a la prevención.
Checklist para cumplir el RD 893/2024
✔ Realizar la evaluación de riesgos del domicilio.
✔ Entregar copia a la trabajadora.
✔ Aplicar medidas preventivas.
✔ Proporcionar equipos de trabajo y EPIs.
✔ Prepararse para impartir la formación obligatoria.
✔ Informar sobre riesgos y procedimientos seguros.
✔ Garantizar un entorno sin acoso ni violencia.
El RD 893/2024 supone un cambio decisivo en la profesionalización del empleo del hogar. Cumplir la normativa es sencillo si se siguen pasos claros: evaluar, informar, formar y proporcionar condiciones seguras.
Esta guía te permite adaptar tu hogar y cumplir con todas las obligaciones legales sin complicaciones.
Si necesitas aclarar dudas adicionales, el portal oficial Prevención10 dispone de un apartado específico para el Servicio del Hogar Familiar, donde encontrarás guías, plantillas y recursos prácticos.
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