Vacaciones de la empleada de hogar: 30 días al año
30 días naturales al año (2,5 por mes): cómo se generan las vacaciones de una empleada de hogar, quién elige las fechas, cuánto se cobra y qué pasa si trabaja por horas.

En resumen
Una empleada de hogar tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones anuales por cada año trabajado. Esto significa que un trabajador genera un total de 2,5 días naturales por mes trabajado para utilizar como días de vacaciones. Los días de vacaciones que se conceden a los empleados del hogar son para su disfrute y no pueden sustituirse por una compensación económica.
Los días naturales se refieren a cualquier día de la semana/año, independientemente de si cae en festivo o en su descanso. Por ejemplo, si una empleada de hogar coge 7 días de vacaciones, se contabilizarán los 7 días, incluidos los domingos y festivos.
Los 30 días pueden fraccionarse en dos o más periodos, pero al menos uno de ellos debe ser, como mínimo, de 15 días naturales consecutivos. En el sistema especial de empleados de hogar, el artículo 9.7 del Real Decreto 1620/2011 establece que, a falta de acuerdo sobre los periodos de vacaciones, el empleador puede fijar 15 días en función de las necesidades familiares y el trabajador elige libremente los días restantes. Las fechas deben comunicarse al trabajador al menos dos meses antes de la fecha de inicio de las vacaciones. En el caso de las empleadas de hogar internas, durante los periodos de vacaciones no estarán obligadas a residir en el domicilio familiar o en el lugar a donde se desplace la familia.
Es importante destacar que, como regla general, las vacaciones de una empleada de hogar deben disfrutarse antes de finalizar el año natural (enero-diciembre) y no pueden sustituirse por dinero. La excepción son los casos en que la trabajadora no ha podido disfrutarlas por baja médica, maternidad o paternidad: en esos supuestos no se pierden y se trasladan. Como las vacaciones se generan por año trabajado, si una empleada doméstica empieza su contrato el 1 de julio, tendrá derecho a la parte proporcional trabajada durante ese año (15 días).
Cómo se calculan las vacaciones: 2,5 días por mes trabajado
Las vacaciones de una empleada de hogar se generan de forma proporcional al tiempo trabajado, a razón de 2,5 días naturales por cada mes de servicio (30 días ÷ 12 meses). Por eso, cuando el contrato no cubre el año natural completo —porque empieza más tarde o termina antes—, los 30 días se reducen en la misma proporción. La fórmula es sencilla: días generados = meses trabajados × 2,5. Cuando el resultado arroja fracciones, se suele redondear al alza el medio día para no perjudicar a la trabajadora.
| Meses trabajados | Días naturales generados |
|---|---|
| 1 mes | 2,5 días |
| 3 meses | 7,5 días |
| 6 meses | 15 días |
| 9 meses | 22,5 días |
| 12 meses (año completo) | 30 días |
Ejemplo: contrato que empieza a mitad de año
Si una empleada doméstica firma su contrato el 1 de julio, al llegar el 31 de diciembre habrá trabajado seis meses y habrá generado 15 días de vacaciones (6 × 2,5). No tendría derecho a los 30 días completos hasta haber cumplido un año natural íntegro. Al año siguiente, si continúa de enero a diciembre, le corresponderán ya los 30 días.
Ejemplo: vacaciones pendientes al terminar el contrato
Imagina una empleada interna a jornada completa que cobra el SMI de 2026 (1.221 € al mes en el esquema de 14 pagas; 17.094 € al año) y que causa baja el 30 de junio sin haber disfrutado ningún día de vacaciones. Ha generado 15 días que no llega a disfrutar, así que deben abonarse en el finiquito. Tomando el salario diario (17.094 € ÷ 365 ≈ 46,83 €), esos 15 días equivalen a unos 702 € que se suman a la liquidación, junto con la parte proporcional de las pagas extraordinarias, prorrateadas por semestre. La cifra es orientativa: el cálculo exacto depende de cómo se haya estructurado la nómina (12 o 14 pagas).
¿Las empleadas de hogar por horas tienen derecho a vacaciones?
Para el régimen especial de los trabajadores domésticos, no importa el tipo de contrato que tengan -ya sea de interna, por horas, a tiempo parcial o a tiempo completo- porque todos ellos tienen derecho a 30 días naturales de vacaciones. La única distinción está en el salario que perciben durante sus vacaciones, ya que los trabajadores a tiempo parcial cobrarán menos en comparación con los trabajadores a tiempo completo. En el caso de trabajadoras por horas o discontinuas que prestan menos de 120 días al año al mismo empleador, las vacaciones pueden incluirse prorrateadas en la retribución, en lugar de disfrutarse, si así se acuerda.
En la práctica, para muchas trabajadoras por horas esto se traduce en que el precio de la hora ya lleva incorporada la parte de vacaciones. En 2026, el SMI por hora de la empleada de hogar es de 9,55 € brutos (Real Decreto 126/2026), una cantidad que ya incluye el prorrateo de las pagas extraordinarias y de las vacaciones. Cuando se acuerda este sistema, la trabajadora cobra ese importe por cada hora efectivamente trabajada y no disfruta además un periodo de descanso retribuido aparte; por eso es clave dejarlo claro por escrito desde el inicio.
Cuánto se cobra durante las vacaciones (y cuánto cuestan)
Durante sus vacaciones, la empleada de hogar sigue cobrando su salario habitual: el descanso es retribuido, no un permiso sin sueldo. Una trabajadora a jornada completa con el SMI de 2026 percibirá su mensualidad normal (1.221 € en el esquema de 14 pagas o 1.424,50 € si el salario se reparte en 12 pagas) también en el mes en que disfrute las vacaciones.
Para la familia empleadora, el periodo vacacional no supone ningún ahorro: hay que seguir pagando el salario y mantener el alta en la Seguridad Social, que es obligatoria desde la primera hora de trabajo. Sumando salario y cotización, el coste total de una empleada a jornada completa al SMI ronda los 1.801 € al mes en 2026, también mientras está de vacaciones.
Casos especiales y errores frecuentes
- Baja médica, maternidad o paternidad: si coinciden con las vacaciones planificadas, los días no se pierden. La trabajadora podrá disfrutarlos después, incluso una vez terminado el año natural.
- No se pueden cambiar por dinero: salvo los días no disfrutados que se liquidan en el finiquito al extinguirse el contrato, las vacaciones son para descansar, no para cobrarlas y seguir trabajando.
- Aviso con dos meses: las fechas deben comunicarse a la trabajadora al menos dos meses antes de su inicio; improvisarlas a última hora no se ajusta a la norma.
- Empleadas internas: durante las vacaciones no están obligadas a residir en el domicilio familiar ni a desplazarse con la familia.
- Disfrute dentro del año: como regla general las vacaciones caducan el 31 de diciembre, así que conviene planificarlas con tiempo para no acumular días imposibles de disfrutar.
En el caso de un despido, las vacaciones generadas no disfrutadas por empleadas de hogar deberán liquidarse en el finiquito.
Si estás interesado en contratar a un empleado del hogar pero no sabes cómo, aquí te ayudamos.
¿Preparado para contratar con confianza?
Te orientamos desde el inicio y te presentamos candidatas verificadas en menos de 3h.
Preguntas frecuentes
- ¿Cómo se pagan las vacaciones de una empleada de hogar?
- Las vacaciones son retribuidas: la empleada cobra su salario habitual íntegro durante ese periodo, sin descuento alguno. El empleador puede abonar el salario completo en el mes de vacaciones o prorratear su importe a lo largo del año. La cotización a la Seguridad Social se mantiene también durante el descanso.
- ¿Tiene derecho una empleada de hogar a pagas extra además de las vacaciones?
- Sí, le corresponden dos pagas extraordinarias al año, que son un derecho distinto de las vacaciones. Con el SMI de 2026 (1.221 EUR brutos al mes en 14 pagas) pueden abonarse por separado o prorratearse en 12 mensualidades de 1.424,50 EUR. Las vacaciones son tiempo de descanso retribuido; las pagas extra son salario.
- ¿Qué ocurre con las vacaciones no disfrutadas al despedir a una empleada de hogar?
- Se liquidan en el finiquito: el empleador debe pagar en dinero los días de vacaciones generados y no disfrutados. El cálculo consiste en multiplicar los días pendientes (2,5 por mes trabajado) por el salario de un día. Es la única situación en la que las vacaciones se compensan económicamente.
- ¿Se pueden acumular las vacaciones de un año para disfrutarlas al siguiente?
- No: las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural (enero-diciembre) y, por regla general, no se trasladan al año siguiente. Tampoco pueden sustituirse por dinero mientras el contrato siga vigente; si no se disfrutan en plazo, se pierden.


