Derecho laboral

Las vacaciones de las empleadas del hogar en 2026

30 días naturales al año (RD 1620/2011 art. 9.7): cómo se generan, quién elige las fechas, qué pasa con las internas y por horas y cómo se pagan las no disfrutadas en el finiquito.

Por Isabella Velletri, Fundadora de Maids & CoPublicado el 29 de agosto de 2023Actualizado el 10 de septiembre de 20264 min de lectura
Calendario con los 30 días naturales de vacaciones de una empleada de hogar en 2026

En resumen

Una empleada de hogar tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones al año, 2,5 por mes trabajado (RD 1620/2011 art. 9.7), sea interna, externa o por horas. Las fechas se pactan; sin acuerdo, el empleador fija 15 días y la empleada el resto, con dos meses de aviso. No se cambian por dinero mientras dura el contrato; al terminar, las generadas y no disfrutadas se pagan en el finiquito: 30 × días trabajados / 365, menos las disfrutadas, por el salario diario.

Las vacaciones son el derecho que más consultas genera después del salario, y el que más se liquida mal al terminar un contrato. Aquí están las reglas vigentes en 2026 con su norma, y el cálculo que hay que hacer al cesar.

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30 días naturales al año: qué significa

El artículo 9.7 del RD 1620/2011 fija el periodo de vacaciones anuales en 30 días naturales. Naturales quiere decir que cuentan todos los días del calendario: si la empleada se va de vacaciones 7 días, se descuentan 7 aunque en medio haya un domingo o un festivo. Equivale a 2,5 días por cada mes trabajado, y se generan desde el primer día de alta: quien empieza el 1 de julio tiene derecho ese año a 15 días.

  • Pueden fraccionarse en dos o más periodos, pero al menos uno debe ser de 15 días consecutivos.
  • Las fechas se acuerdan entre las partes. A falta de acuerdo, el empleador fija 15 días atendiendo a las necesidades familiares y la empleada elige libremente los 15 restantes.
  • Las fechas deben conocerse con al menos dos meses de antelación.
  • Durante las vacaciones, la empleada interna no está obligada a residir en el domicilio familiar ni en el lugar al que se desplace la familia.
  • Las vacaciones se retribuyen con el salario ordinario, incluido el salario en especie de las internas si lo hubiera.

¿Se pueden pagar en lugar de disfrutarlas?

No mientras el contrato está vivo. Las vacaciones existen para descansar y el Estatuto de los Trabajadores prohíbe sustituirlas por compensación económica (art. 38.1). La única excepción es el final de la relación: los días generados y no disfrutados se abonan en el finiquito, cualquiera que sea el motivo del cese, incluida la baja voluntaria de la empleada. Esa liquidación cotiza a la Seguridad Social como salario (LGSS art. 147.1).

Sobre el año natural: las vacaciones corresponden al año en curso y deben planificarse dentro de él. Si por razones de la familia no se han disfrutado al cerrar el año, lo prudente es pactar por escrito su disfrute en las primeras semanas del año siguiente; darlas por perdidas sin más puede acabar en una reclamación.

Internas, externas y por horas: los mismos 30 días

En el empleo del hogar no importa la modalidad: la interna, la externa a jornada completa, la de media jornada y la que va por horas tienen los mismos 30 días naturales. Lo que cambia es la retribución durante esos días, proporcional a la jornada. En el caso de las empleadas por horas que cobran el SMI por horas (9,55 € en 2026, RD 126/2026), la retribución de las vacaciones ya va incluida en el precio de la hora: no se les paga un mes de vacaciones aparte, pero sí tienen derecho a los 30 días de descanso.

Cómo se calculan las vacaciones no disfrutadas al terminar el contrato

Es el paso del finiquito que más se equivoca. La fórmula: días generados = 30 × días trabajados en el año / 365; días pendientes = generados − disfrutados; importe = días pendientes × salario diario (salario mensual / 30, criterio de práctica). Ejemplo con el SMI 2026 en 14 pagas (1.221 €/mes, 40,70 €/día) y una empleada que entró el 1 de enero, no ha cogido vacaciones y cesa el 3 de septiembre:

Vacaciones no disfrutadas en el finiquito, SMI 2026, cese el 3 de septiembre
PasoCálculoResultado
Días trabajados en el año1 de enero a 3 de septiembre246 días
Días de vacaciones generados30 × 246 / 36520,22 días
Días ya disfrutados0
Importe a pagar20,22 × 40,70 €822,95 € brutos

Si hubiera disfrutado 10 días en agosto, se pagarían 10,22 días (415,95 €). Si además quedaran días del año anterior sin disfrutar, se sumarían. A ese importe se le descuenta la cotización de la trabajadora (6,40 % en 2026) como a cualquier salario.

Fuentes

  • Real Decreto 1620/2011, relación laboral especial del servicio del hogar familiar, art. 9.7 (BOE-A-2011-17975).
  • Estatuto de los Trabajadores, art. 38 (BOE-A-2015-11430).
  • Ley General de la Seguridad Social, art. 147.1: cotización de las vacaciones no disfrutadas retribuidas al cese (BOE-A-2015-11724).
  • Real Decreto 126/2026, salario mínimo 2026: 1.221 €/mes, 40,70 €/día, 9,55 €/hora (BOE-A-2026-3815).

La calculadora de finiquito de empleada de hogar hace este cálculo con tus fechas, los días ya disfrutados y el resto de conceptos (salario del mes, paga extra proporcional e indemnización según el motivo). Es gratuita y te da el desglose para el recibo. La tienes, con las demás, en las herramientas para empleadores de hogar.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones tiene una empleada de hogar?
30 días naturales al año, es decir, 2,5 días por mes trabajado (RD 1620/2011 art. 9.7). Son días naturales: cuentan sábados, domingos y festivos.
¿Quién decide las fechas de las vacaciones?
Se pactan. A falta de acuerdo, el empleador fija 15 días según las necesidades de la familia y la empleada elige el resto, con dos meses de aviso. Al menos 15 días deben ser consecutivos.
¿Se pueden pagar las vacaciones en lugar de disfrutarlas?
No mientras dura el contrato: las vacaciones son para descansar y no se sustituyen por dinero (ET art. 38). Solo al terminar la relación se abonan en el finiquito las generadas y no disfrutadas.
¿Cómo se calculan las vacaciones no disfrutadas al terminar el contrato?
30 × días trabajados en el año / 365, menos los días ya disfrutados, multiplicado por el salario diario. Ejemplo: cese el 3 de septiembre sin vacaciones: 30 × 246 / 365 = 20,22 días.
¿Una empleada por horas tiene vacaciones?
Sí, los mismos 30 días naturales. Si cobra el SMI por horas (9,55 €/hora en 2026), el precio de la hora ya incluye la retribución de las vacaciones, pero el derecho a los días de descanso se mantiene.

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