Derecho laboral

Las pagas extras de una empleada de hogar en 2026

Dos pagas extras al año, semestrales y en proporción al tiempo trabajado, o prorrateadas: cuándo se cobran, cuánto deben ser con el SMI 2026 y cómo se liquidan en el finiquito.

Por Isabella Velletri, Fundadora de Maids & CoPublicado el 29 de septiembre de 2023Actualizado el 11 de septiembre de 20264 min de lectura
Calendario de junio y diciembre con billetes: las pagas extras de una empleada de hogar en 2026

En resumen

Una empleada de hogar tiene derecho a dos pagas extraordinarias al año. Se abonan al final de cada semestre, en proporción al tiempo trabajado, salvo que se pacte prorratearlas en las 12 mensualidades (RD 1620/2011 art. 8.4). Su importe se fija en el contrato, pero el salario anual no puede ser inferior al SMI: 17.094 € en 2026, es decir, 1.221 € en 14 pagas o 1.424,50 € en 12 (RD 126/2026). Al terminar el contrato se paga la parte proporcional del semestre en curso.

Las pagas extras de una empleada de hogar funcionan como las del resto de trabajadores: dos gratificaciones extraordinarias al año que se suman al salario mensual. Lo específico del empleo del hogar es la regla del artículo 8.4 del RD 1620/2011: se devengan y se pagan por semestres, en proporción al tiempo trabajado en cada uno, y solo se prorratean en las doce mensualidades si así se pacta. Esa regla decide cómo se calcula la parte proporcional al terminar el contrato, y es donde más errores se cometen.

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Cuánto debe ser la paga extra con el SMI 2026

El importe se acuerda en el contrato, pero el conjunto del salario del año no puede quedar por debajo del salario mínimo, que en 2026 es de 17.094 € en metálico a jornada completa (RD 126/2026). Con el SMI, cada paga extra vale lo mismo que una mensualidad. A tiempo parcial o por horas, todo se reduce en la misma proporción de la jornada.

Salario y pagas extra con el SMI 2026 a jornada completa
ModalidadSalario mensualPaga extraTotal anual
14 pagas (dos extras semestrales)1.221 €1.221 € en junio y 1.221 € en diciembre17.094 €
12 pagas (extras prorrateadas)1.424,50 €Incluida en cada mes (203,50 €/mes)17.094 €
Por horas (SMI hora)9,55 €/horaIncluida en el precio de la horaSegún horas

Por eso una empleada que cobra 1.221 € en 14 pagas y otra que cobra 1.424,50 € en 12 ganan exactamente lo mismo al año: la única diferencia es cuándo lo reciben. Si el salario pactado está por encima del SMI, las pagas se calculan sobre ese salario, no sobre el mínimo. Y ojo con el salario en especie de las internas: el SMI en metálico (los 17.094 €) es intocable; el alojamiento y la manutención solo pueden valorarse por encima de esa cifra, y nunca más del 30 % del total (RD 1620/2011 art. 8.2).

Semestrales o prorrateadas: qué pactar

Pagarlas en junio y diciembre da a la trabajadora dos ingresos grandes en los momentos en que suelen hacer falta. Prorratearlas ofrece un ingreso mensual estable y simplifica la nómina y el finiquito. Las dos opciones son legales; lo que exige la norma es que quede por escrito en el contrato cuál se aplica y que la nómina lo refleje (en 12 pagas, como «prorrata de pagas extra» dentro de los devengos). Si el contrato no dice nada, se aplica la regla general: semestrales.

Cómo se calcula la paga extra al terminar el contrato

Cada paga cubre un semestre: la de verano, de enero a junio; la de Navidad, de julio a diciembre. Al cesar, se paga la parte de la paga en curso proporcional a los días trabajados de ese semestre, no de los 360 o 365 días del año. La fórmula es: importe de la paga × días trabajados del semestre / días del semestre (181 el primero, 184 el segundo).

Ejemplo con el SMI 2026 en 14 pagas: la empleada cobró la paga de verano el 30 de junio y el contrato termina el 3 de septiembre. Del 1 de julio al 3 de septiembre hay 65 días: 1.221 × 65 / 184 = 431,33 €. Si las pagas fueran prorrateadas, este concepto sería cero, porque ya se ha ido cobrando mes a mes. Sobre este importe se descuenta la cotización de la trabajadora (6,40 % en 2026, Orden PJC/297/2026), igual que sobre cualquier salario.

Lo mismo ocurre cuando la relación empieza a mitad de semestre: la primera paga extra se cobra en proporción a los días trabajados desde el alta. Durante una baja médica la situación es distinta: el empleador no paga salario. El subsidio por incapacidad temporal lo abona directamente la entidad gestora a partir del noveno día de baja y el empleador solo asume la prestación de los días cuarto a octavo (LGSS art. 251.a). Ese subsidio se calcula sobre una base reguladora que ya incluye la prorrata de las pagas extraordinarias, de modo que la paga no se cobra dos veces. Al reincorporarse, la paga extra del semestre se devenga por el tiempo efectivamente trabajado o asimilado, según lo que se haya pactado en el contrato.

Fuentes

  • Real Decreto 1620/2011, relación laboral especial del servicio del hogar familiar, art. 8.2 (salario en especie) y 8.4 (dos gratificaciones extraordinarias semestrales) (BOE-A-2011-17975).
  • Real Decreto 126/2026, salario mínimo interprofesional 2026: 1.221 €/mes en 14 pagas, 17.094 €/año, 9,55 €/hora (BOE-A-2026-3815).
  • Orden PJC/297/2026, cotización 2026 (BOE-A-2026-7296).

Para ver cómo queda la paga en el recibo de cada mes, con prorrateo o sin él, usa la calculadora de nómina de empleada de hogar. Y si el contrato termina, la calculadora de finiquito calcula la parte proporcional del semestre junto con las vacaciones y la indemnización que corresponda. Las dos son gratuitas y viven en las herramientas para empleadores de hogar.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántas pagas extra tiene una empleada de hogar?
Dos pagas extraordinarias al año, que se abonan al final de cada semestre (habitualmente junio y diciembre) y en proporción al tiempo trabajado en ese semestre, salvo que se pacte prorratearlas en las 12 mensualidades (RD 1620/2011 art. 8.4).
¿Cuánto debe ser la paga extra en 2026?
Se acuerda en el contrato, pero el salario anual no puede bajar del SMI: 17.094 € en 2026. Con el SMI en 14 pagas, cada paga extra es de 1.221 €, igual que una mensualidad; en 12 pagas, el salario mensual sube a 1.424,50 € y ya lleva las pagas dentro (RD 126/2026).
¿Son obligatorias las pagas extra?
Sí. Las dos gratificaciones extraordinarias son un derecho de la trabajadora fijado en el RD 1620/2011; no abonarlas es una deuda salarial reclamable y puede acarrear sanción.
¿Se pueden prorratear las pagas extra?
Sí. Pueden repartirse en las 12 mensualidades si se pacta así en el contrato. En ese caso no hay nada que liquidar por pagas en el finiquito.
¿Cómo se paga la parte proporcional de la paga extra al terminar el contrato?
Importe de la paga × días trabajados del semestre en curso / días de ese semestre. Ejemplo: cese el 3 de septiembre con paga de 1.221 €: 1.221 × 65 / 184 = 431,33 €.

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