Derecho laboral

Riesgos laborales en empleadas del hogar: RD 893/2024

Desde el 14 de noviembre de 2025, todo hogar con una empleada de hogar debe cumplir el RD 893/2024 de prevención de riesgos laborales. Te explicamos paso a paso cómo hacerlo en 2026: evaluación de riesgos, formación gratuita en eFundae, EPIs y vigilancia de la salud.

Por Isabella Velletri, Fundadora de Maids & CoPublicado el 16 de noviembre de 2025Actualizado el 10 de julio de 20267 min de lectura
¿Cómo cumplir la nueva normativa de riesgos laborales en empleadas del hogar?

En resumen

Sí. Desde el 14 de noviembre de 2025, cualquier hogar que emplee a una persona trabajadora del hogar debe cumplir el Real Decreto 893/2024 de prevención de riesgos laborales (PRL), sea cual sea la jornada o la modalidad (interna, externa o por horas). El empleador tiene que evaluar los riesgos del domicilio (gratis en el portal Prevención10), informar y formar a la trabajadora (curso gratuito de 5 horas en eFundae, disponible desde mayo de 2026), entregar equipos de trabajo y EPIs seguros, y facilitar la vigilancia de la salud voluntaria y gratuita del Sistema Nacional de Salud. No cumplir es infracción grave, con multas de 2.451 a 49.180 EUR.

El RD 893/2024 regula por primera vez la prevención de riesgos laborales en el servicio del hogar familiar y equipara —con adaptaciones al entorno doméstico— las obligaciones del hogar empleador a las de cualquier empresa. Esta guía explica, paso a paso, qué exige la norma y cómo cumplirla correctamente en 2026, tanto si eres empleador doméstico como si trabajas en el hogar.

¿Desde cuándo es obligatorio el RD 893/2024?

El Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, se publicó en el BOE el 11 de septiembre de 2024 y entró en vigor al día siguiente. Sin embargo, sus dos obligaciones nucleares —la evaluación de riesgos del domicilio y las medidas preventivas— son plenamente exigibles desde el 14 de noviembre de 2025, seis meses después de que el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) pusiera a disposición la herramienta gratuita en el portal Prevención10.

Importante: la norma se aplica a TODAS las modalidades de empleo del hogar —jornada completa o parcial, interna o externa, por horas—, sin un mínimo de horas. Si existe relación laboral, existe obligación de PRL desde la primera hora.

Obligaciones del empleador de un vistazo

Obligaciones del empleador doméstico según el RD 893/2024
ObligaciónQué implicaRecurso oficialQuién lo paga
Evaluación de riesgosIdentificar por escrito los riesgos del domicilioHerramienta gratuita en Prevención10 (INSST)Empleador
InformaciónComunicar a la trabajadora los riesgos y las medidasDocumento de la evaluaciónEmpleador
Formación en PRLCurso de prevención al inicio de la relaciónCurso de 5 h en eFundaeGratis (Fundae)
Equipos y EPIsProporcionar utensilios seguros y EPIs adecuadosEmpleador
Vigilancia de la saludReconocimiento médico voluntarioSistema Nacional de SaludGratis (SNS)

A continuación, cada obligación en detalle.

1. Realizar una evaluación de riesgos del hogar

Es el primer paso. La evaluación debe identificar los riesgos que pueden existir en el domicilio, por ejemplo:

  • Manipulación de cargas (bolsas, cubos, cajas).
  • Escaleras, taburetes y caídas en altura.
  • Productos de limpieza irritantes o corrosivos.
  • Máquinas o aparatos eléctricos.
  • Riesgos ergonómicos por posturas forzadas o movimientos repetitivos.
  • Humedad, calor o mala ventilación en determinadas zonas.
  • Riesgos específicos de tareas de cuidado de personas, cocina, jardinería o trabajo nocturno e interno.

La evaluación debe constar por escrito y la trabajadora debe recibir una copia. Puedes generarla gratis con la herramienta oficial del portal Prevención10 (INSST), que incluye un apartado específico para el Servicio del Hogar Familiar con guías y plantillas, o encargarla a una asesoría privada.

2. Aplicar las medidas preventivas obligatorias

Una vez identificados los riesgos, el empleador debe implantar medidas que los eliminen o los reduzcan. Por ejemplo:

  • Sustituir escaleras inestables por modelos seguros.
  • Utilizar productos de limpieza menos agresivos.
  • Evitar cargas excesivas organizando las tareas.
  • Mejorar la iluminación o la ventilación donde sea necesario.
  • Asegurar que cables, enchufes y aparatos estén en buen estado.

Estas medidas deben explicarse a la empleada de forma clara y mantenerse actualizadas cuando cambien las tareas o las condiciones del hogar.

3. Equipos de trabajo y EPIs: qué debe proporcionar el empleador

El RD 893/2024 obliga a la persona empleadora a proporcionar equipos de trabajo seguros (por ejemplo, aspirador en buen estado, utensilios ergonómicos o escaleras seguras) y los equipos de protección individual (EPIs) que sean necesarios según la evaluación:

  • Guantes de protección.
  • Mascarillas para determinados productos químicos.
  • Gafas protectoras cuando proceda.
  • Calzado antideslizante.

La trabajadora no debe pagar nada: el coste de los equipos de trabajo y de los EPIs corresponde siempre al empleador.

4. Formación obligatoria en PRL (gratuita en eFundae)

Desde mayo de 2026, la formación preventiva ya está disponible y es exigible. Fundae ofrece de forma gratuita el curso online 'Prevención de riesgos en el ámbito del servicio del hogar familiar', de 5 horas y nivel básico, accesible en la plataforma eFundae (efundae.es) y desde el área de empleo del hogar de la web del Ministerio de Trabajo y Economía Social. El sistema de autoevaluación y certificación está regulado por la Resolución de 8 de mayo de 2026 del SEPE (BOE de 15 de mayo de 2026).

Características clave de la formación:

  • Es gratuita para la trabajadora.
  • Se imparte al inicio de la relación laboral.
  • Es única, aunque la trabajadora preste servicios para varios empleadores.
  • Cubre conceptos básicos y riesgos de tareas concretas (limpieza, cocina, cuidado de personas, conducción, jardinería, trabajo nocturno e interno).
  • Al superar al menos el 75 % de los controles de seguimiento, se obtiene certificado de participación; si además se aprueban, certificado de aprovechamiento.

Tienes el detalle de todas las herramientas oficiales —Prevencion10, el curso de Fundae, la Guía Técnica del INSST y el protocolo frente al acoso— en nuestro artículo sobre las nuevas herramientas de prevención de riesgos para empleadas del hogar.

5. Informar a la trabajadora

El empleador debe entregar información clara y comprensible, específica del domicilio donde se trabaja, sobre:

  • Los riesgos detectados en el hogar.
  • La forma segura de realizar cada tarea.
  • El uso correcto de equipos y productos.
  • Las medidas preventivas adoptadas.
  • Los procedimientos de actuación ante emergencias.

6. Facilitar la vigilancia de la salud

La trabajadora tiene derecho a la vigilancia de la salud, que es voluntaria —requiere su consentimiento— y gratuita. La presta el Sistema Nacional de Salud (SNS). Incluye un reconocimiento médico adecuado a los riesgos identificados en la evaluación, con una periodicidad mínima trienal (cada tres años), salvo que una decisión médica establezca una frecuencia menor o que cambien las condiciones de trabajo. El reconocimiento puede ser único aunque la trabajadora preste servicios para varios empleadores.

Sanciones por incumplimiento

No realizar la evaluación de riesgos, no informar o no formar a la trabajadora, o no facilitar la vigilancia de la salud son infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS, RDLeg 5/2000). Las multas por infracción grave van de 2.451 a 49.180 EUR y pueden agravarse a infracción muy grave cuando exista riesgo grave e inminente para la trabajadora.

Multas por infracción en materia de PRL (escala LISOS, art. 40.2)
CalificaciónGrado mínimoGrado medioGrado máximo
Leve45 a 485 EUR486 a 975 EUR976 a 2.450 EUR
Grave2.451 a 9.830 EUR9.831 a 24.585 EUR24.586 a 49.180 EUR
Muy grave49.181 a 196.745 EUR196.746 a 491.865 EUR491.866 a 983.736 EUR

Estas multas de PRL son independientes de las sanciones por no dar de alta a la trabajadora en la Seguridad Social, que constituyen una infracción aparte. Si tienes dudas sobre el alta, consulta nuestra guía para tramitar el alta de una empleada de hogar en la Seguridad Social.

Checklist para cumplir el RD 893/2024

  • Realizar la evaluación de riesgos del domicilio (gratis en Prevención10).
  • Entregar una copia de la evaluación a la trabajadora.
  • Aplicar las medidas preventivas identificadas.
  • Proporcionar equipos de trabajo seguros y los EPIs necesarios.
  • Facilitar la formación gratuita en PRL a través de eFundae.
  • Informar sobre riesgos y procedimientos seguros, específicos del hogar.
  • Ofrecer la vigilancia de la salud voluntaria y gratuita del SNS.
  • Garantizar un entorno sin acoso ni violencia.

El RD 893/2024 supone un cambio decisivo en la profesionalización del empleo del hogar. Cumplirlo es sencillo si se siguen pasos claros: evaluar, informar, formar y proporcionar condiciones seguras.

Cómo te ayuda Maids & Co

En Maids & Co gestionamos el cumplimiento del RD 893/2024 llave en mano: te ayudamos con la evaluación de riesgos, la información y la formación de la trabajadora, y con toda la gestión laboral del empleo del hogar. Consulta nuestros precios y nuestras guías para contratar una empleada de hogar o una niñera con todas las garantías legales. Si quieres profundizar, también explicamos cuánto cuesta la Seguridad Social de una empleada del hogar y cómo hacer su nómina.

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatoria la prevención de riesgos laborales para las empleadas del hogar?
Sí. El RD 893/2024 obliga a todo hogar empleador a aplicar la prevención de riesgos laborales con su empleada de hogar, con independencia de las horas o la modalidad (interna, externa o por horas). Incluye evaluar los riesgos del domicilio, informar y formar a la trabajadora, entregar EPIs y facilitar la vigilancia de la salud.
¿Desde cuándo es obligatoria la evaluación de riesgos en el empleo del hogar?
Desde el 14 de noviembre de 2025. Aunque el RD 893/2024 entró en vigor en septiembre de 2024, la evaluación de riesgos y las medidas preventivas son plenamente exigibles desde esa fecha, seis meses después de que el INSST publicara la herramienta gratuita en el portal Prevención10.
¿Quién paga la evaluación de riesgos y los EPIs de una empleada del hogar?
El empleador. El coste de los equipos de trabajo y de los equipos de protección individual (EPIs) corresponde siempre a la persona empleadora; la trabajadora no debe pagar nada. La evaluación de riesgos puede hacerse gratis con la herramienta oficial del portal Prevención10.
¿La formación en PRL de las empleadas del hogar es gratuita?
Sí, es gratuita. Desde mayo de 2026, Fundae ofrece el curso online 'Prevención de riesgos en el ámbito del servicio del hogar familiar', de 5 horas y nivel básico, en la plataforma eFundae. Es única aunque la trabajadora tenga varios empleadores e incluye certificación.
¿Qué sanciones hay por no cumplir el RD 893/2024?
No realizar la evaluación de riesgos o no informar o formar a la trabajadora es una infracción grave en materia de PRL, con multas de 2.451 a 49.180 EUR según la escala de la LISOS. Puede agravarse a infracción muy grave si existe riesgo grave e inminente.
¿Qué es Prevención10 y para qué sirve en el empleo del hogar?
Prevención10 es el portal público gratuito del INSST que permite al empleador doméstico generar por escrito la evaluación de riesgos del domicilio. Cuenta con un apartado específico para el Servicio del Hogar Familiar, con guías, plantillas y recursos para cumplir el RD 893/2024.

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