Derecho laboral

Horas extra de una empleada de hogar: pago y límites

Cuánto cuesta una hora extra de una empleada de hogar en 2026 (mínimo 9,55 EUR, sin recargo automático), el límite de 80 horas al año y cómo compensarlas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes.

Por Isabella Velletri, Fundadora de Maids & CoPublicado el 31 de octubre de 2023Actualizado el 30 de junio de 20265 min de lectura
Las horas extraordinarias de las empleadas del hogar

En resumen

En 2026, una hora extraordinaria de una empleada de hogar se paga como mínimo a 9,55 EUR, el mismo valor que la hora ordinaria, sin recargo automático (salvo pacto superior). Solo pueden retribuirse económicamente hasta 80 horas extra al año, según el art. 35.2 del Estatuto de los Trabajadores, aplicable al servicio doméstico por el art. 9.3 del RD 1620/2011. Las que superen ese tope deben compensarse con descanso equivalente disfrutado dentro de los cuatro meses siguientes.

¿Qué se consideran horas extraordinarias en el servicio doméstico?

Las horas extraordinarias son las que la empleada de hogar trabaja por encima de su jornada ordinaria. En España, la jornada máxima de trabajo efectivo es de 40 horas semanales en un mismo hogar (art. 9.1 del RD 1620/2011). Todo lo que se trabaje de forma efectiva por encima de ese límite es hora extraordinaria. Puedes ver el detalle de la jornada en nuestra guía sobre cuántas horas puede trabajar una empleada del hogar.

La realización de horas extraordinarias es voluntaria, salvo en casos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales. Por eso conviene que ambas partes pacten de antemano cuándo y cómo se harán.

Horas extra no es lo mismo que pagas extras

Conviene no confundir dos conceptos parecidos solo en el nombre. Las horas extra (overtime) son tiempo de trabajo adicional sobre la jornada. Las pagas extras son las dos gratificaciones anuales (verano y Navidad) que forman parte del salario, ya prorrateadas en el valor de la hora. Ampliamos esto en el artículo sobre las pagas extras de la empleada de hogar.

¿Cuánto se paga una hora extra de una empleada de hogar?

El art. 35 del Estatuto de los Trabajadores, aplicable también a las empleadas del hogar, establece que las horas extraordinarias se abonan en una cuantía que en ningún caso puede ser inferior al valor de la hora ordinaria. Tampoco en el régimen general la ley impone un recargo automático: el art. 35.1 ET fija el mismo mínimo (el valor de la hora ordinaria). Los recargos (por ejemplo, 1,5x), cuando existen, proceden de los convenios colectivos, que en el servicio del hogar no son habituales. Por eso, salvo pacto superior en contrato, la hora extra de una empleada de hogar se paga al mismo valor que la ordinaria.

En 2026, tras el Real Decreto 126/2026, el salario mínimo por hora efectivamente trabajada en el régimen externo es de 9,55 EUR, importe que ya incluye el prorrateo de las pagas extraordinarias y las vacaciones. Por tanto, una hora extra se paga como mínimo a 9,55 EUR. Como alternativa al pago, el empleador puede compensar esas horas con tiempo de descanso equivalente.

Valor mínimo por hora en el servicio doméstico (2026)
ConceptoValor mínimo 2026Notas
Hora ordinaria9,55 EUR/horaIncluye prorrateo de pagas extra y vacaciones
Hora extraordinaria9,55 EUR/horaMismo valor que la ordinaria; sin recargo automático, salvo pacto superior
Tiempo de presencia9,55 EUR/hora o descanso equivalenteNunca por debajo del valor de la hora ordinaria

Ejemplo de cálculo: si la hora ordinaria pactada es de 10 EUR (por encima del mínimo legal), cada hora extra se paga también a 10 EUR. Si la empleada realiza 15 horas extra en un mes, percibirá 150 EUR adicionales, que deben reflejarse en la nómina. Si en lugar de pagarlas se compensan con descanso, esas 15 horas no se abonan, pero deben disfrutarse como tiempo libre dentro de los cuatro meses siguientes. Puedes ver cómo trasladar todo esto al recibo en la guía de cómo hacer una nómina para una empleada de hogar.

¿Existe un límite de horas extraordinarias?

Sí. El número total de horas extraordinarias no puede superar las 80 al año. Este límite procede del art. 35.2 del Estatuto de los Trabajadores y se aplica al servicio del hogar familiar por la remisión expresa del art. 9.3 del RD 1620/2011. (No deriva de la Ley 27/2011, que regula la actualización de la Seguridad Social y las pensiones y nada dice sobre el límite de horas extra).

Hay un matiz importante en el cómputo: las horas extra compensadas con descanso equivalente disfrutado dentro de los cuatro meses siguientes a su realización no cuentan dentro del tope de 80. Solo computan en ese límite las horas extra retribuidas económicamente y las compensadas fuera de ese plazo de cuatro meses.

  • Tope: máximo 80 horas extra retribuidas al año (art. 35.2 ET vía art. 9.3 RD 1620/2011).
  • No computan en las 80 las compensadas con descanso disfrutado dentro de los 4 meses siguientes (art. 35.1 y 35.2 ET).
  • Quedan excluidas del límite las horas realizadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.
  • La hora extra se paga, como mínimo, al valor de la hora ordinaria: 9,55 EUR en 2026.

¿Qué es el tiempo de presencia y cómo se paga?

El tiempo de presencia es aquel en que la empleada permanece a disposición del empleador sin realizar trabajo efectivo (por ejemplo, vigilar el sueño de un menor). No se confunde con la jornada ordinaria ni con las horas extraordinarias, y se rige por el art. 9.2 del RD 1620/2011.

Su tope es de no más de 20 horas semanales de promedio en cómputo mensual, salvo que se compense con descanso. Este tiempo debe acordarse entre las partes y se retribuye o se compensa con descanso, en ambos casos nunca por debajo del valor de la hora ordinaria. Importante: si durante el tiempo de presencia se realiza trabajo efectivo, ese tiempo deja de ser de presencia, pasa a ser jornada y se computa dentro de las 40 horas semanales.

Buenas prácticas: acuerdo previo y registro de jornada

Antes de que la empleada realice horas extraordinarias debe existir un acuerdo claro entre las partes. Puede ser verbal o por escrito, pero por escrito evita malentendidos y futuras disputas. Además, conviene registrar con precisión las horas trabajadas para saber en todo momento cuánto tiempo se ha hecho y cuánto debe abonarse o compensarse. Comprender estas reglas y respetar los límites es la base de una relación laboral justa. Si prefieres delegar la gestión, consulta nuestros precios y el detalle de cuánto cobra una empleada de hogar en 2026.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas extra puede hacer una empleada de hogar al año?
Pueden retribuirse económicamente hasta 80 horas extraordinarias al año (art. 35.2 del Estatuto de los Trabajadores, aplicable por el art. 9.3 del RD 1620/2011). Por encima de ese tope, las horas extra deben compensarse con descanso equivalente. Quedan fuera del límite las realizadas para prevenir o reparar siniestros urgentes.
¿Cómo se pagan las horas extraordinarias de una empleada de hogar?
Cada hora extra se paga como mínimo al valor de la hora ordinaria, que en 2026 es de 9,55 EUR/hora. Ese importe ya incluye el prorrateo de pagas extra y vacaciones. Como alternativa al pago, pueden compensarse con tiempo de descanso equivalente.
¿Las horas extra de las empleadas de hogar tienen recargo?
No, en el servicio doméstico no existe un recargo automático sobre la hora extra. El mínimo legal es el mismo valor que la hora ordinaria (9,55 EUR en 2026), salvo que el contrato pacte un importe superior.
¿Qué es el tiempo de presencia de una empleada de hogar?
Es el tiempo en que la empleada está a disposición del empleador sin realizar trabajo efectivo. Tiene un tope de 20 horas semanales de promedio en cómputo mensual y se retribuye o compensa nunca por debajo del valor de la hora ordinaria. Si durante ese tiempo se trabaja, pasa a contar como jornada efectiva.
¿Se pueden compensar las horas extra con tiempo de descanso?
Sí, en lugar de pagarlas se pueden compensar con descanso equivalente, siempre que se disfrute dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. Las horas compensadas dentro de ese plazo no computan en el límite anual de 80 horas.

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