Empleada de hogar: ¿agencia o contratación directa?
Comparamos contratar a una empleada de hogar directamente o a través de una agencia: coste real, tiempo, riesgo legal y tranquilidad para elegir con criterio en 2026.

En resumen
Encontrar a la persona adecuada para trabajar en casa no es solo una cuestión de disponibilidad. Implica confianza, responsabilidad y una correcta gestión laboral. Por eso, muchas familias se preguntan si es mejor contratar directamente a una empleada de hogar o hacerlo a través de una agencia especializada.
Ambas opciones son legales, pero el impacto en tiempo, riesgo y tranquilidad es muy diferente.
Contratar directamente a una empleada de hogar
La contratación directa supone que el empleador gestiona todo el proceso, desde la búsqueda del perfil hasta el seguimiento de la relación laboral.
Qué asume el empleador
- Publicación de ofertas y selección de candidatas
- Entrevistas y comprobación de referencias
- Alta en la Seguridad Social y contrato laboral
- Gestión de nóminas, vacaciones y pagas extra
- Resolución de incidencias, bajas o finalización del contrato
Ventajas
- Menor coste inicial
- Relación directa con la empleada
- Mayor autonomía en la toma de decisiones
Inconvenientes
- Inversión elevada de tiempo
- Riesgo legal ante errores administrativos
- Dificultad para validar experiencia real
- Falta de apoyo en situaciones imprevistas
Contratar a una empleada de hogar a través de una agencia
En una agencia especializada como Maids & Co, la contratación se apoya en criterios profesionales, procesos definidos y experiencia en el sector doméstico.
Qué aporta una agencia
- Selección rigurosa de perfiles
- Entrevistas profesionales y filtros previos
- Verificación de experiencia y referencias
- Asesoramiento laboral y contractual
- Acompañamiento durante la relación laboral
- Opciones de sustitución si el perfil no encaja o causa baja
Ventajas
- Ahorro de tiempo desde el primer momento
- Reducción del riesgo legal
- Mayor tranquilidad y estabilidad
- Perfiles alineados con las necesidades reales del hogar
Inconveniente
- Un coste superior a la contratación directa
El régimen laboral de empleadas de hogar tiene particularidades legales que, si no se gestionan correctamente, pueden generar conflictos y sanciones. Contar con una agencia especializada no elimina la responsabilidad del empleador, pero reduce errores y aporta acompañamiento experto.
En hogares donde la confianza, la continuidad y la calidad del servicio son prioritarias, esta diferencia es clave.
Cuánto cuesta realmente cada opción
Más allá de los honorarios de la agencia, conviene entender qué compone el gasto mensual, porque en ambos casos la familia asume el coste laboral. Este se divide en tres bloques: el salario bruto de la trabajadora, la cotización a la Seguridad Social que paga la familia como empleadora y los conceptos asociados (pagas extra, vacaciones y, desde 2022, la cotización por desempleo y el FOGASA).
A la cuota patronal se suma el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que en 2026 es del 0,90 %. El IRPF, en cambio, no es una retención obligatoria en el empleo de hogar: solo se practica si ambas partes lo acuerdan, por lo que la mayoría de hogares no lo aplica.
Veámoslo con un ejemplo. Para una empleada a jornada completa cobrando el SMI —1.221 € brutos al mes en 14 pagas, equivalentes a 1.424,50 € en 12 pagas con las extra prorrateadas, o 9,55 €/h en régimen por horas—, el coste total para la familia ronda los 1.801 € mensuales una vez sumadas las cotizaciones sociales. Esa cifra es prácticamente la misma se contrate directamente o a través de agencia: lo que cambia es que con la agencia se añaden unos honorarios por la selección y el acompañamiento, mientras que por tu cuenta inviertes tu propio tiempo en publicar ofertas, entrevistar candidatas y tramitar el alta.
| Aspecto | Contratación directa | A través de agencia |
|---|---|---|
| Quién es el empleador | La familia | La familia |
| Selección de candidatas | A cargo de la familia | Proceso profesional con filtros previos |
| Coste de inicio | Solo el coste laboral (~1.801 €/mes al SMI) | Coste laboral + honorarios |
| Tiempo de gestión | Alto | Bajo |
| Riesgo legal | Mayor | Reducido con asesoramiento |
| Sustitución si no encaja | A cargo de la familia | Incluida según el servicio |
La conclusión es que el coste laboral es común a las dos vías y viene fijado por ley; la diferencia económica real está en los honorarios de la agencia frente al tiempo, el aprendizaje y el riesgo que asume la familia que gestiona todo por su cuenta.
Particularidades legales que no debes pasar por alto
Sea cual sea la opción elegida, la familia sigue siendo la responsable legal. Estos son los tres puntos donde más se concentran los errores y los costes inesperados.
Alta en la Seguridad Social desde la primera hora
El alta es obligatoria desde la primera hora trabajada, aunque sean solo unas pocas horas a la semana. No darla expone a la familia a sanciones que, según la LISOS, van de 3.750 € a 12.000 € por trabajadora, además de tener que abonar las cotizaciones atrasadas. Es uno de los errores más habituales —y más caros— de la contratación directa improvisada.
Despido, desistimiento y finiquito
La relación puede terminar por desistimiento del empleador, con una indemnización de 12 días de salario por año trabajado (máximo 6 mensualidades), o declararse improcedente, lo que eleva la indemnización a 33 días por año (máximo 24 mensualidades). En todos los casos, el finiquito debe incluir las vacaciones no disfrutadas y las pagas extra prorrateadas por semestre. Calcular mal estos importes es una fuente frecuente de reclamaciones.
Contratar a una persona extranjera
Si la candidata es ciudadana de la UE, solo necesita el NIE y el alta en la Seguridad Social. Si es extracomunitaria, la vía habitual es el arraigo sociolaboral del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025): exige acreditar 2 años de permanencia en España y un contrato de al menos 20 horas semanales al SMI, ya sin necesidad de denuncia previa. El precontrato para el arraigo debe ofrecer un mínimo de 20 horas semanales, una duración de al menos 3 meses, salario igual o superior al SMI y una cláusula suspensiva. En todos los casos, la familia es el empleador, no la agencia. Además, el RD 316/2026 abrió una regularización extraordinaria cuya solicitud puede presentarse hasta el 30 de junio de 2026.
¿Qué opción es más adecuada?
La contratación directa puede funcionar cuando se dispone de tiempo, conocimiento y capacidad de gestión.
La agencia resulta especialmente adecuada para quienes buscan seguridad, profesionalidad y una relación laboral bien estructurada desde el inicio.
La diferencia entre contratar directamente o a través de una agencia no está solo en el precio, sino en el valor del tiempo, la tranquilidad y la correcta selección del personal.
Cuando se trata de incorporar a alguien a tu hogar, la experiencia y el acompañamiento profesional marcan la diferencia.
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Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto cuesta contratar una empleada de hogar a través de una agencia?
- Los honorarios de una agencia suelen equivaler a una mensualidad del salario de la empleada y se abonan una sola vez, al incorporarse la profesional. Por ejemplo, para un sueldo en torno a 1.424,50 EUR al mes (12 pagas), la cuota rondaría esa cifra más IVA. A ese pago puntual se suma después el coste laboral mensual (salario y cotizaciones), que es idéntico se contrate de forma directa o por agencia.
- ¿Es obligatorio dar de alta a la empleada de hogar en la Seguridad Social?
- Sí, el alta en la Seguridad Social es obligatoria desde la primera hora de trabajo, sea cual sea la jornada. El empleador es el único responsable de tramitarla y de cotizar (incluido el MEI del 0,90%). No darla de alta es una infracción grave que puede sancionarse con multas de entre 3.750 EUR y 12.000 EUR, además del pago de las cuotas atrasadas con recargo.
- Si contrato a través de una agencia, ¿quién es el empleador legal?
- El empleador sigue siendo la familia, no la agencia. El contrato laboral, el alta en la Seguridad Social y la nómina van a nombre del titular del hogar, que asume frente a la ley todas las obligaciones (cotización, vacaciones, pagas extra, despido). La agencia selecciona, asesora y acompaña en los trámites, pero no sustituye la figura del empleador.
- ¿Qué pasa si la empleada de hogar seleccionada por la agencia no encaja?
- Las agencias suelen ofrecer un periodo de garantía durante el cual sustituyen a la profesional sin coste adicional si no se adapta o causa baja, repitiendo el proceso de selección. Esta cobertura, unida al periodo de prueba legal de hasta 2 meses (60 días) del RD 1620/2011, es una diferencia práctica clave frente a la contratación directa, donde reiniciar la búsqueda recae por completo en la familia.


