Derecho laboral

Modelo de contrato empleada de hogar: cómo rellenarlo

Aprenda a rellenar paso a paso el modelo de contrato de empleada de hogar en 2026: datos, jornada, salario SMI, periodo de prueba y alta en la Seguridad Social.

Por Isabella Velletri, Fundadora de Maids & Co

Publicado el Actualizado el 6 min de lectura

En resumen

El contrato de una empleada de hogar puede ser indefinido o temporal y debe recoger: los datos de las partes, la categoría profesional, la modalidad y duración, la jornada (completa de 40 h o parcial), el periodo de prueba (máximo 2 meses), el salario (nunca inferior al SMI: 1.221 € en 14 pagas o 1.424,50 € en 12 pagas en 2026) y 30 días naturales de vacaciones.
Manos de una empleadora rellenando un modelo de contrato de empleada de hogar en una finca de La Rioja

Rellenar un modelo de contrato para una empleada de hogar es un paso importante para cualquier empresario. Es esencial asegurarse de que ambas partes comprenden las condiciones de la relación laboral. Al cumplimentar un contrato de este tipo, es importante incluir toda la información necesaria, como la descripción del trabajo, los detalles de pago, los derechos y deberes del empleado y cualquier otra información relevante. También es importante asegurarse de que el acuerdo es legalmente vinculante y de que ambas partes comprenden las condiciones del contrato.

El empleador puede hacer un contrato temporal o indefinido a una empleada del hogar. Abajo puede descargar los dos tipos de modelo:

Cómo completar el modelo de contrato de trabajo de una empleada de hogar:

  • Datos de la empresa.- Se debe incluir el titular del hogar familiar, considerando como tal la persona que resida en el lugar donde se prestan los servicios, junto con el código de país y de municipio correspondiente.
  • Datos cuenta de cotización.- Número que identifica al titular del hogar familiar frente a la Seguridad Social. Si no dispone de uno, se puede solicitar en la sede electrónica de la Seguridad Social.
  • Datos del/de la Trabajador/a.- Datos correspondientes al empleado. Los códigos del país, municipio y formación pueden ser consultados en los listados oficiales.
  • Cláusulas del contrato de trabajo:

PRIMERA: Presta servicios como (3) empleada del hogar, incluido en el grupo profesional de empleados domésticos. Informar el domicilio donde se realizará la actividad laboral.

SEGUNDA: Indicar la modalidad y la duración del contrato (indefinido o temporal). En los contratos temporales debe constar la causa de la temporalidad y la fecha de finalización prevista.

TERCERA: Debe asignar si la contratación será jornada completa (40h semanales) o parcial. Se informan las horas trabajadas y se describe el horario de la jornada laboral.

CUARTA: Indicar fecha de contratación y la duración del periodo de prueba, que no puede superar dos meses.

QUINTA: Salario del trabajador, que en ningún caso podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (1.424,50 € en 12 pagas o 1.221 € en 14 pagas en 2026, equivalente a 17.094 € anuales) o la parte proporcional para jornadas parciales. Para las empleadas externas que trabajan por horas, el salario mínimo es de 9,55 € por hora efectivamente trabajada.

SEXTA: La duración de las vacaciones no puede ser inferior a 30 días naturales.

SÉPTIMA: No existe convenio colectivo de empleadas del hogar.

Una vez rellenados los datos básicos arriba, en el caso de:

  • Contrato Indefinido: hay que establecer el tipo de contrato indefinido de personas del servicio del hogar familiar y definir el tipo de jornada, las posibles horas de presencia, las pernoctas y las prestaciones salariales en especie. Finalmente, se firma el contrato por ambas partes.
  • Contrato Temporal: hay que establecer el tipo de contrato temporal de personas del servicio del hogar familiar y definir las cláusulas específicas de la temporalidad, así como las posibles horas de presencia, las pernoctas y las prestaciones salariales en especie. Finalmente, se firma el contrato por ambas partes.

El alta en la Seguridad Social: obligatoria desde la primera hora

Antes incluso de que la empleada empiece a trabajar, el titular del hogar debe darla de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar de la Seguridad Social. Esta obligación rige desde la primera hora trabajada, sin importar que sea una jornada completa o unas pocas horas a la semana: no existe ningún mínimo de horas ni de días que exima del alta. Las cotizaciones corren a cargo del empleador (con una pequeña parte descontada a la trabajadora) e incluyen el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), fijado en el 0,90 % para 2026.

El IRPF, en cambio, no es una retención obligatoria en esta relación laboral: solo se practica si ambas partes lo acuerdan. No dar de alta a la empleada es una infracción grave: según la LISOS, las sanciones van de 3.750 € a 12.000 € por trabajador, además del pago de las cuotas no ingresadas. Por eso el alta es el primer paso, anterior incluso a la entrega del contrato firmado.

Cuánto cuesta realmente contratar: ejemplo numérico

El salario nunca puede ser inferior al SMI, pero el coste para la familia no se limita al sueldo: hay que sumar las cotizaciones sociales. Para una jornada completa retribuida al SMI, el desglose aproximado en 2026 es el siguiente:

Coste estimado de una empleada de hogar a jornada completa retribuida al SMI en 2026.
ConceptoImporte mensual (jornada completa al SMI)
Salario bruto (equivalente en 12 pagas)1.424,50 €
Cotizaciones a cargo del empleador (incluido MEI 0,90 %)≈ 317 €
Coste total aproximado para la familia≈ 1.742 €

Empleada por horas (régimen externo)

Si contrata por horas, el mínimo es de 9,55 € por hora efectivamente trabajada. Por ejemplo, una empleada externa que trabaje 20 horas a la semana acumula unas 86 horas al mes (20 × 4,33 semanas), lo que supone un salario bruto aproximado de 827 € mensuales, al que también hay que añadir la cotización proporcional. La cifra por hora ya incluye la parte proporcional de pagas extra y de vacaciones, por lo que no se abonan aparte.

Contratar a una empleada de hogar extranjera

Si la persona que va a contratar no tiene nacionalidad española, conviene distinguir su situación antes de firmar el contrato.

Ciudadanas de la Unión Europea

Las trabajadoras comunitarias (UE/EEE) no necesitan autorización de trabajo. Basta con que dispongan de su NIE y sean dadas de alta en la Seguridad Social como cualquier otra empleada de hogar.

Ciudadanas extracomunitarias

Para las personas de fuera de la UE, la vía habitual es el arraigo sociolaboral del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025). Requiere acreditar dos años de permanencia en España y aportar uno o varios contratos de al menos 20 horas semanales retribuidos como mínimo al SMI, sin necesidad de denuncia previa de la situación irregular. En estos casos, quien figura como empleador es la familia, no la agencia.

Para iniciar el trámite suele firmarse un precontrato de arraigo: una oferta de trabajo de al menos 20 horas semanales, con salario igual o superior al SMI y una cláusula suspensiva que condiciona el inicio de la actividad a la concesión del permiso. Además, el RD 316/2026 abrió un proceso de regularización extraordinaria cuyo plazo de solicitud terminó el 30 de junio de 2026: ya no se admiten solicitudes nuevas.

El final del contrato: extinción por causa justificada, despido y finiquito

La relación laboral especial del hogar familiar tiene reglas propias para su extinción. Desde 2022 el titular del hogar ya no puede desistir sin causa (el antiguo desistimiento): puede extinguir el contrato por una causa justificada, comunicada por escrito, indemnizando con 12 días de salario por año trabajado, con un máximo de 6 mensualidades. Si la extinción se declara improcedente, la indemnización asciende a 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades.

Al terminar el contrato, sea cual sea la causa, hay que entregar el finiquito, que incluye las partes proporcionales de las pagas extraordinarias —prorrateadas por semestre— y las vacaciones no disfrutadas. Conviene reflejarlo por escrito y entregar una copia a la trabajadora.

Si necesita ayuda, no dude en contactarnos. Ofrecemos un servicio de tramitación de contratación de servicio doméstico. Nos encargamos del contrato, alta en la Seguridad Social y cualquier otra gestión que pueda necesitar.

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Preguntas frecuentes

¿El contrato de empleada de hogar puede ser temporal o indefinido?
Ambos. Puede ser indefinido o temporal; en el temporal debe constar la causa de la temporalidad y la fecha de finalización prevista.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
El periodo de prueba no puede superar los dos meses.
¿Qué salario debe figurar en el contrato en 2026?
Nunca inferior al SMI: 1.221 € en 14 pagas o 1.424,50 € en 12 pagas (o la parte proporcional en jornadas parciales) en 2026.
¿Es obligatorio el contrato por escrito?
Sí. El contrato por escrito y el alta en la Seguridad Social son obligatorios desde el primer día, también en jornadas parciales o por horas.

¿Tiene dudas sobre algún término?Consulte el glosario del empleo del hogar

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